Subsidio D.S. 1

Programa destinado a las familias de sectores medios que cuentan con un sitio propio y no son propietarias de una vivienda, que tienen capacidad de ahorro y posibilidad de complementar el valor de la vivienda con recursos propios o crédito hipotecario, en caso de necesitarlo.Este apoyo del Estado permite construir una vivienda en sitio propio o densificación predial (construcción de una vivienda donde ya existe una), en sectores urbanos o rurales y establece dos alternativas para los grupos familiares que postulen.

Zona Regular

Regiones de Coquimbo a Los Lagos.

Opciones de subsidioValor máx. de la vivienda *Monto máx. de subsidio *Ahorro mínimo
Título I tramo 21.400 UF520 UF30 UF
Titulo 22.000 UF350 UF50 UF

Provincia de Chiloé.

Opciones de subsidioValor máx. de la vivienda *Monto máx. de subsidio *Ahorro mínimo
Título I tramo 21.600 UF600 UF30 UF
Titulo 22.200 UF400 UF50 UF

REQUISITOS GENERALES para postular

  • 18 años de edad cumplidos.
  • Cédula Nacional de Identidad vigente. Las personas extranjeras deben presentar, además, el Certificado de Permanencia Definitiva.
  • Acreditar una cuenta de ahorro de, al menos, 12 meses de antigüedad.
  • Acreditar que el ahorro exigido esté depositado en la cuenta para la vivienda, al último día del mes anterior a la postulación. A partir de esa fecha no deberá efectuar giros en la cuenta.Familias que NO postularon utilizarán Registro Social de Hogares según alternativa.
  • No superar el porcentaje de calificación socioeconómica del Registro Social de Hogares (RSH), correspondiente al título de subsidio al que desea postular:
    • Título I: dentro del 80% de vulnerabilidad socioeconómica.
    • Título II: dentro del 90% de vulnerabilidad socioeconómica.
  • Acreditar la disponibilidad de un terreno por medio de alguna de las siguientes alternativas:
    • Inscripción del sitio a nombre del postulante o cónyuge.
    • Inscripción del sitio a nombre del grupo organizado.
    • Certificado Conadi en caso de tierras indígenas.
    • Usufructo o derecho real de uso del terreno a favor del postulante.
    • Derechos en comunidades agrícolas.
    • Sitio a nombre de una cooperativa del cual el postulante es socio.
    • Cesión de derechos inscrita del terreno a favor del postulante (Ley 19.253).
    • Certificado emitido por el Ministerio de Bienes Nacionales (si es necesario).
  • Contar con los Certificados de Informaciones Previas y Factibilidad de Dación de Servicios.
  • En caso de postular colectivamente el grupo debe:
    • Tener un mínimo de dos integrantes.
    • Postular a través de una Entidad Patrocinante.
(*) Los Adultos Mayores que postulen al Título I, tramos 1 y 2, podrán pertenecer hasta el 90% más vulnerable de la población, de acuerdo a la calificación socioeconómica vigente establecida en el Registro Social de Hogares (RSH).